Procedimiento preventivo de crisis

Indemnización del art. 247 L.C.T. / Disminución de un 70% de las ventas / Valoración de las opciones comerciales de la demandada /

\r\nEl a quo luego de relatar que la realización del nudo vial modificó el tránsito vehicular, alteró el acceso y que, desde los inicios de la obra, disminuyeron sensiblemente las ganancias, consideró que ello no justificaba la conducta rescisoria de la empleadora, pues ésta no encaró ninguna estrategia comercial a los fines de enfrentar el nuevo escenario.\r\nLa exigencia requerida a la demandada...
Tribunal: T.S.J., Sala Laboral
Autos: Ortiz, Roberto María c/ Eraldo Incicco e Hijos Cía. S.C. y otros

Revista Nro: 136
Nro Página: 240

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase