Recusación
Ejercicio prematuro de la facultada de recusar / Efectos /No responde a los fundamentos de este instituto procesal, entender que el ejercicio prematuro de este derecho, pueda interpretarse como agotado, cuando en verdad no produjo consecuencias, ni entorpecimiento o dilación alguna en la tramitación de la causa. No parece atinado pensar -en el ámbito del derecho procesal- que un mero criterio de oportunidad (máxime siendo un planteo prematuro, pues diver...
Tribunal: Cámara C., C., del Trab. y de Flia. de Villa María
Autos: Del Giúdice, Germán Gabriel c/ Banco de la Provincia de Córdoba y otro
Revista Nro: 135
Nro Página: 299