Policía

Derecho a la estabilidad /

No se vulneran los arts. 14 bis C.N. y concordantes de la Carta Magna provincial, por cuanto al amparo de la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Naci...
Tribunal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa
Autos: Argüello, Lucio Alejandro c/ Provincia de Córdoba

Revista Nro: 135
Nro Página: 304

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase