Constitucionalidad
Inembargabilidad del haber jubilatorio /Si bien el pretenso embargante debía conocer la vigencia del régimen legal al tiempo de solicitar la cautelar, introduciendo la cuestión constitucional ad eventum en oportunidad de solicitar el embargo, no puede desestimarse el planteo efectuado inmediatamente después de que la juzgadora invocara la normativa tachada de inconstitucional. \nAtento el estadio en que tuvo ...
Tribunal: Cámara 2ª C. y C.
Autos: Banco Velox S.A. c/ Avila, Norma Ester Beatriz
Revista Nro: 94
Nro Página: 293