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Obligación de resultado /En el caso de las obligaciones de resultado el factor de atribución es objetivo, por lo tanto, una vez acreditado el hecho dañoso, el deudor tiene como único medio para eximirse de responsabilidad, probar la ruptura del nexo causal, o su desvío o bien hecho fortuito o fuerza mayor o bien el hecho de un tercero por el que no tiene que responder....
Tribunal: Cámara 4ª C. y C.
Autos: Malaman, Rossana c/ Nuevo Banco Suquía S.A.
Revista Nro: 133
Nro Página: 264