Prisión preventiva

Resolución no arbitraria o infundada / Responsabilidad del Estado / Ausencia de antijuridicidad / Inexistencia de responsabilidad /

No hay un error inexcusable en la orden de detención que posibilite la atribución de responsabilidad civil del Estado, pues no concurre el requisito de la antijuridicidad. Al no ser arbitraria o infundada la detención, el acto judicial que la dispuso no es antijurídico, por ende, no puede dar lugar al deber de resarcir del Estado. Es improcedente indemnizar a los actores por la privación de su lib...
Tribunal: Cámara 6ª C. y C.
Autos: Santamaría, Omar Leonardo y otro c/ Provincia de Córdoba

Revista Nro: 130
Nro Página: 355

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