Condominio

Gastos útiles realizados por uno de los condóminos / Derecho de retención /

El ejercicio del derecho de retención sobre el bien que recibió las mejoras no resulta admisible cuando el condómino obligado se encuentra en falencia. Si bien es cierto que la suspensión del derecho de retención que regula el art. 131 L.C.Q. contempla la situación que deviene de su ejercicio antes de la declaración de quiebra del desapoderado, ello no autoriza a desconocer que la ratio legis estr...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C.
Autos: Bessone, Leticia Beatriz

Revista Nro: 130
Nro Página: 350

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