Control de constitucionalidad

Intereses / Disposiciones del Código Tributario / Porcentaje máximo a aplicar /

\r\nLos intereses legales que fija el Código Tributario y que se han mandado pagar, se deben aplicar hasta la tasa máxima del 30% anual por todo concepto, incluyendo, intereses puros y recargos. Las tasas superiores a ese porcentaje han sido descalificadas siempre por el tribunal, aun en materia de créditos fiscales, por resultar reñidas con las pautas que deben regir la convivencia dentro de una ...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C.
Autos: Fisco de la Provincia de Córdoba c/ Rocha, Dardo Oscar

Revista Nro: 130
Nro Página: 339

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