Competencia

Establecimientos de utilidad nacional / Competencia provincial /

El actual inciso 30 del art. 75, de la C.N., mantiene el sistema anterior en cuanto el Gobierno Federal no requiere la cesión o el consentimiento previo de la provincia para crear un establecimiento de utilidad nacional en el territorio de ésta, pero queda claro ahora que si la decisión ha sido adoptada unilateralmente por el Gobierno Federal, la jurisdicción provincial no queda desplazada in totu...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C.
Autos: Norway High S.R.L. c/ Municipalidad de Córdoba

Revista Nro: 131
Nro Página: 297

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