Amparo

Nulidad de la resolución / Facultades reglamentarias del Poder Ejecutivo /

El administrador director de la Caja de Jubilaciones de la Provincia se arrogó per se facultades propias de otros órganos constitucionalmente facultados, por lo que su resolución 210.145/01 deviene insanablemente nula conforme con el art. 13 Const. Pcial. y, como lógico corolario, las reducciones de haberes previsionales fundados en su articulado son totalmente ileg&iac...
Tribunal: Cámara 5ª C. y C.
Autos: Azar, Osvaldo Jorge c/ Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba

Revista Nro: 92
Nro Página: 322

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