Contestación de demanda

Confessio ficta / Procedencia /

Conforme con el art. 225 C.P.C.C., si el absolvente no concurriera a absolver posiciones ?podrá ser tenido por confeso en definitiva?. Aun en la posición más favorable al recurrente, que la confección ficta no sea suficiente para recibir la demanda, a ella debe ser sumada la incontestación de la demanda, todo lo cual autoriza a tener por cierta la celebraci&oacut...
Tribunal: Cámara 8ª C. y C.
Autos: Varela, Ricardo Marcelo c/ José Vicente Moreno

Revista Nro: 92
Nro Página: 298

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase