Concurso preventivo

Perención de instancia / Pendencia del pago de honorarios: efectos /

Solicitar que no se levante el concurso hasta tanto no se paguen los honorarios regulados no es instancia que perima en los términos del art. 277 L.C.Q.. No se trata de un incidente como cuestión relacionada con el objeto principal del concurso, sino que hace a su propio objeto, cual es su conclusión conforme al trámite normal y ordinario establecido en el art. 59 L.C.Q...
Tribunal: Cámara C., C., de Flia. y del Trab. de Marcos Juárez
Autos: José Manuel Albizuri e Hijo y

Revista Nro: 92
Nro Página: 297

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase