Arma de fuego
Agravante genérica por su uso / Funcionario policial / Homicidio con exceso en el legítimo ejercicio de la ley / Procedencia de la agravante Fundamentos. /No corresponde aplicarle la agravante genérica establecida por el art. 41 bis C.P. al funcionario policial que, en cumplimiento de las funciones que la ley le asigna en virtud del cargo detentado, cometió el delito de homicidio con exceso en el legítimo ejercicio de la ley y la autoridad.\nSería una incongruencia sostener que el imputado actuó legitimado por la l...
Tribunal: Cámara Crim. y Correc. de Cruz del Eje
Autos: Batagliero o Bataglia, Gustavo Gabriel; Romera, Carlos Marcelo
Revista Nro: 92
Nro Página: 147