Amparo

Plazo para apelar / Presentación con cargo: procedencia / Constancia de la hora en la cédula de notificación / Falta de mención: efectos /

El art. 15 de la ley provincial 4915 establece que en el proceso de amparo, el recurso de apelación debe interponerse en el plazo de 48 horas de notificada la resolución impugnada. El defecto de falta de presentación en término del recurso, no puede salvarse por la presentación con cargo, porque ésta sólo tiene la virtualidad de prorrogar el plazo, ...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C.
Autos: De Sola, Esteban c/ Asociación Española de Socorros Mutuos

Revista Nro: 91
Nro Página: 235

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