Responsabilidad civil

Riesgo de la cosa / Cosa inerte que provoca daño / Responsabilidad del dueño o guardián /

El riesgo surge por el modo inerte en que se encontraba la cosa (góndola con una punta sobresaliente hacia el pasillo), circunstancia que de provocar un daño debe ser resarcido por su dueño o guardián. Ello así, el solo hecho ?de la cosa? aunque inerte, puede dar lugar al resarcimiento, bajo el parámetro de atribución subjetiva, con inversión...
Tribunal: Cámara 4ª C. y C.
Autos: Bruno de Jorge, Josefina c/ Carrefour Argentina S.A.

Revista Nro: 110
Nro Página: 261

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