Constitucionalidad de la norma del código tributario

Decretos de necesidad y urgencia provinciales / Declaración de inconstitucionalidad de una norma / Competencia de los tribunales inferiores /

El art. 35 del Código Tributario es francamente inconstitucional habida cuenta de que las provincias no pueden crear solidaridad entre dos o más sujetos ya que ello es materia reservada exclusivamente al Código Civil y, además, tampoco pueden alterar el orden de los privilegios (del voto del Dr. Merino).\nLa Constitución Provincial no autoriza en su letra los lla...
Tribunal: Cámara C., C. y Cont. Adm. de San Francisco
Autos: Garios, Jorge Alberto - Quiebra pedida - Acción declarativa de certeza interpuesta por Diego Adrián Molli c/ Provincia de Córdoba?, Sent. N

Revista Nro: 91
Nro Página: 228

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