Expediente judicial
Retención injustificada /La multa que contempla el art. 74 C.P.C.C. por la retención injustificada de expedientes judiciales, es esencialmente de naturaleza punitiva, sancionatoria, cumpliendo asimismo, en determinados supues-tos función conminatoria o compulsiva.\n Como correlato de la mora de quien sin justificación ha retenido el expediente no obstante el emplazamiento del que fuera objeto, corresp...
Tribunal: Cámara 1ª C., C, y Cont. Adm. de Río Cuarto
Autos: Schneebeli de Iacomelli, Ema o Emma c/ Roberto Américo Casali e Ibis Nélida Coronel de Casali y Héctor Enrique Sassaroli
Revista Nro: 110
Nro Página: 248