Comodato

Necesidad imprevista y urgente del comodante / Restitución anticipada /

La excepción prevista por el art. 2284 C.C. para que proceda la restitución anticipada requiere que sobrevenga al comodante una necesidad imprevista y que ésta sea urgente. La imprevisión deviene de que no se haya podido razonablemente vislumbrar que esa necesidad iba a producirse y la urgencia significa que la necesidad de utilización no admite demora y tampoco ...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C.
Autos: Terra Nostra S.R.L. c/ Rodríguez, Julio Carlos

Revista Nro: 110
Nro Página: 238

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase