Juicio por jurados
Art 2º ley provincial 9182: inconstitucionalidad / Declaración de oficio / Facultad de las provincias para establecer el juicio por jurados / Carácter subsidiario de la intervención de los jueces legos Obligación de resolver las causas “ con fundamentación lógica y legal” Discrepancia de los jurados con los jueces técnicos: mayoría autónoma Obligaciones impuestas al presidente del tribunal /\r\nLo primero que debe examinar un magistrado previo ejercer la jurisdicción, es analizar si las leyes que ordenan y regulan su actuación, guardan coherencia con el espíritu de las normas contenidas en las constituciones Nacional y Provincial (del voto del Dr. Alejandro Weiss).\r\nSurge del art. 121 de la C.N., que establece que las provincias conservan todo el poder no delegado expresamente al g...
Tribunal: Cámara 3ª en lo Criminal
Autos: Pérez, Andrés Darío p.s.a. homicidio en ocasión de robo
Revista Nro: 110
Nro Página: 153