Juicio ejecutivo

Honorarios mínimos /

La ley arancelaria prevé que en los juicios ejecutivos se regulen los honorarios según se haya producido alguna de las dos hipótesis que contiene el art. 78; esto es, si no se han articulado excepciones se aplica el sesenta por ciento de la escala del art. 34, y si se han articulado, el ciento por ciento de esa escala.\nEl art. 78 ley 8226 establece un régimen especial ...
Tribunal: Cámara 1ª C. y C.
Autos: Hidalgo, Mabel Adriana c/ Alvarez, Sergio Fernando

Revista Nro: 105
Nro Página: 226

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