Honorarios

Anulación de sentencia: efectos sobre los honorarios regulados y percibidos. Devolución. Intereses /

Al anularse, por obra del fallo del Tribunal Superior de Justicia la sentencia que creó el crédito, la obligación quedó sin causa y por ello el accipiens debe devolver lo indebidamente percibido pues nos encontramos ante un pago sin causa (arts. 784 y 1052 C.C.).\nAsimismo el art. 19 C.A. hace referencia a aquellos que hubieren pagado por cualquier causa los honorarios...
Tribunal: Cámara C., C., Flia. y Cont. Adm. de Villa María
Autos: Fiuri, Juan Carlos y otros c/ Julio Alberto Nóbrega Lascano y otros

Revista Nro: 91
Nro Página: 198

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