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Retribución por las gestiones previas a la iniciación del juic / Improcedencia en el juicio ejecutivo /

\r\nEl art. 99, inc. 5, ley 8226, apunta a retribuir las gestiones previas a la iniciación del pleito, las que en algunos supuestos insumen una considerable actividad profesional: recopilación de documentos, búsqueda y examen de títulos, entrevistas con las partes o terceros, comunicaciones telefónicas, concurrencia a oficinas para recabar datos, verificación de circunstancias de hecho, en fin, to...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C.
Autos: Hillar, Néstor Alejandro José c/ Calvo, Rafael Alberto - Ejecutivo especial

Revista Nro: 97
Nro Página: 271

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