Competencia
Municipalidad / Conflicto externo de poderes / Competencia originaria del T.S.J /La Constitución de la Provincia de Córdoba -art. 165 inc. 1, apartado c, atribuye al máximo órgano jurisdiccional de la provincia la competencia para conocer y resolver en forma originaria, exclusiva y en pleno, de los conflictos internos de las municipalidades, de una Municipalidad con otra, o de éstas con autoridades de la Provincia. Es criterio sostenido por e...
Tribunal: T.S.J., Sala Electoral
Autos: Municipalidad de Córdoba c/ Provincia de Córdoba - Plantea conflicto externo de poderes
Revista Nro: 97
Nro Página: 266