Cuenta corriente bancaria

Certificado de saldo deudor / Fundamentos para considerarlo título ejecutivo /

\r\nSegún lo dispuesto por el art. 793 C.Com., basta la certificación del saldo deudor de cuenta corriente bancaria, sin que pueda entrarse al análisis de si es real y exacto; no correspondiendo acreditar el cumplimiento de otros requisitos. Lo que hay que mirar objetivamente es el saldo, certificado en la forma que se expresa, sin que se pueda averiguar si la liquidación fue correcta y si se lleg...
Tribunal: Cámara 5ª C. y C.
Autos: Bank Boston N.A. c/ Marhuenda, Silvia - Ejecución hipotecaria

Revista Nro: 97
Nro Página: 257

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