Falta de personería

Subsanación de defectos del apoderamiento / Interpretación de la ley /

A diferencia de lo legislado en el art. 1937, concs. y corrs. C.C., el código de rito permite subsanar los defectos que contenga el apoderamiento, ya personalmente o con la intervención de éste u otro mandatario dotado de poder suficiente (art. 188, inc. 3). Es regla de hermenéutica jurídica que un cuerpo normativo debe ser interpretado en forma armónica, ...
Tribunal: Cámara 1ª C., C. y Cont. Adm. de Río Cuarto
Autos: Banco Integrado Departamental Coop. Ltdo s/ Quiebra contra José María Damario

Revista Nro: 97
Nro Página: 245

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase