Despido

Despido de vigilador por poseer antecedentes penales / Falta de condena firme: efectos / Primacia de garantías constitucionales- / Principio de inocencia /

Se está en presencia de la invocación de una causa grave, en los términos del art. 242 de la L.C.T. que supuestamente impedía la continuidad de la relación laboral y que esa causa grave señalada en la comunicación rescisoria es la falta de habilitación sobreviniente del actor como vigilador por haber presentado, a los fines de la renovación de su habilitación, un certificado de antecedentes penale...
Tribunal: Cámara única del Trabajo, Sala 10ª
Autos: Zalazar, Jorge Marcelo c/ Prosegur S.A.

Revista Nro: 128
Nro Página: 317

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