Sucesión

Calidad de herederos / Renuncia a la herencia / Cesión de Derechos hereditarios: oportunidad /

La renuncia a la herencia realizada por los hijos a favor de su madre importa una cesión de derechos hereditarios (en los términos del art. 3322 C.C.) y no la renuncia a la calidad de herederos. Debe interpretarse que aquella renuncia es de neto corte patrimonial, lo que significa o importa la previa aceptación de la herencia por parte de los herederos forzosos del causante. C...
Tribunal: Cámara 7ª C.y C.
Autos: Gazal Michel

Revista Nro: 128
Nro Página: 309

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