Domicilio

Domicilio procesal / Constitución de nuevo domicilio: eficacia / Deber de comunicar su cambio /

\r\nLa eficacia del nuevo domicilio no se supedita al dictado de un proveído procedimental que declare operado el cambio, sino al hecho de que la contraria tome conocimiento del mismo con arreglo al régimen legal de las notificaciones; por cuanto un cambio del domicilio ad litem es un acto relevante en el desarrollo del proceso en orden a sus implicancias en el ejercicio del derecho de defensa en ...
Tribunal: T.S.J., Sala Civil y Comercial
Autos: Banco de la Provincia de Córdoba c/ Romero Dianda, José Emilio

Revista Nro: 128
Nro Página: 292

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