Derecho de retención

Finalidad / Sustitución del derecho de retención / Fundamento /

\r\n La facultad de retención, como manifestación de la defensa privada de un derecho, no puede ser ejercida sino cuando tiende a asegurar el cobro del crédito anejo a la cosa, pero el mismo debe ceder cuando sólo se lo utiliza como un modo excesivo para asegurar el cobro de la acreencia.\r\nLa sustitución no opera sin más, sino que además de ofrecerse la garantía suficiente a juicio del Trib...
Tribunal: Cámara 4ª C. y C.
Autos: Nahas, Luis Felipe c/ Ediurb S.A.I.C.

Revista Nro: 128
Nro Página: 290

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