Horas extras

Necesidad del reclamante de aportar pruebas / Necesidad del reclamante de aportar pruebas /

La letra del art. 49 C.P.T. no obliga al Tribunal de Trabajo a acceder mecánicamente a las pretensiones deducidas. El reclamante siempre debe aportar los elementos de convicción que justifiquen la legitimidad de lo que pide. Es así porque a los pleitos los deciden las pruebas y no las afirmaciones unilaterales de las partes. Estas deben acreditar el presupuesto de hecho de las...
Tribunal: T.S.J., Sala Laboral
Autos: Ledesma, Sergio O. c/ Comparnet S.A. y otra - Dda. y sus acumulados

Revista Nro: 111
Nro Página: 250

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