Inhabilidad de título

Pagaré a la vista con cláusula sin protesto / Título hábil / Jurisprudencia del T.S.J /

Al librarse la cambial a la vista, sin protesto, y pagadera en el domicilio del acreedor, ha asumido el deudor, al adoptar simultáneamente esas dos modalidades, la incertidumbre que de ella se deriva, y que, por lo tanto, se ha colocado bajo la potestad y en manos del tomador. Cuestión ésta perfectamente válida tratándose de derechos disponibles para los interesa...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C., autos
Autos: Coop. de Emprendimientos Múltiples Meridional Limitada c/ S.A.T.A.G. S.A. y otros

Revista Nro: 111
Nro Página: 233

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