Decretos de necesidad y urgencia
Requisitos para su validez. / Ratificación tardía /En la medida que el presidente, al dictar el decr. 214, invocó la facultad prevista en el art. 99.3, está fuera de toda controversia que se trata de una disposición de carácter legislativo. Tampoco está en discusión que luego de dictado el decreto se omitió completamente el procedimiento legislativo previsto en el tercer párrafo y, por lo tanto, no hubo pronunciamiento oportuno por parte de las cá...
Tribunal: C.S.J.N.
Autos: Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional
Revista Nro: 111
Nro Página: 149