Quiebra

Incidentes / Recurso de apelación / Improcedencia por no tratarse de una resolución definitiva / Posibilidad de revisar ulteriormente la resolución /

El recurso de apelación interpuesto ha sido incorrectamente concedido por el juez de grado atento a la clara letra del art. 285 ley 25.284, que expresamente dispone que sólo la sentencia que pone fin al incidente es apelable.\nToda resolución dictada durante el trámite incidental es inapelable, sin perjuicio de la posibilidad que la ley acuerda a la parte agraviada de r...
Tribunal: Cámara 2ª C. y C.
Autos: Club Atlético Belgrano

Revista Nro: 125
Nro Página: 272

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