Escrituración

Posesión quieta, pública y pacífica / Interrupción de la prescripción /

El ejercicio de una posesión reconocida implícitamente por la vendedora y acreditada con otros elementos probatorios, encuadra dentro de la hipótesis del art. 3989 C.C., cuyo efecto interruptivo debe reconocerse. La tesis predominante en la jurisprudencia sostiene que la posesión del comprador, quieta, pública y pacífica, importa interrumpir el plazo de la prescripción de la obligación de escritur...
Tribunal: Cámara 7ª C. y C.
Autos: Ochoa, Fernando José y otro c/ Moro de Franchisena, Estela Guadalupe

Revista Nro: 122
Nro Página: 292

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase