Principio de congruencia
Doble limitación de los tribunales de segunda instancia. / Imposibilidad de revisar la imposición de costas si no se apeló la sentencia en la principal. /El principio de congruencia tiene en segunda instancia manifestaciones propias más limitantes y rigurosas, desde que la Cámara de Apelaciones tiene un doble orden de restricciones. En primer lugar, está limitada por las retenciones planteadas en los escritos introductorios del proceso y en segundo lugar por el principio ?tantum devolutum quantum apellatum?conforme con el cual ...
Tribunal: T.S.J., Sala Civil y Comercial
Autos: Olmos de Viramonte, Ana María c/ The First National Bank of Boston, Banco de Boston
Revista Nro: 122
Nro Página: 181