Vicios redhibitorios

Vicios redhibitorios / Plazo de prescripción / Ley de defensa del consumidor / Requisitos para su aplicación /

La cuestión que debe decidirse consiste en determinar si la acción del de-mandante, calificada ya como ?redhibitoria? y rechazada por haber sido interpuesta vencido el plazo de prescripción de tres meses del art. 4041 C.C., puede ser admitida asumiendo que esté regida por la ley 24.240 de defensa del consumidor cuyo art. 50 establece un plazo general de prescripción de tres años....
Tribunal: Cámara 3ª C. y C.
Autos: Quiroga, Daniel Armando c/ Cooperativa de Vivienda, Obras y Servicios Públicos Azul y Blanco Ltda.

Revista Nro: 109
Nro Página: 272

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase