Beneficio de litigar sin gastos
Efectos /El beneficio de litigar sin gastos no sólo conlleva la exoneración de la carga de anticipar las costas, sino que acarrea igualmente la eximición de afrontar la condena en costas que podría dictarse contra el beneficiario en el supuesto de que resultara vencido, salvo la posterior mejora de fortuna que debe ser alegada y demostrada a través de la vía impugnativa del art. 106 C.P.C.C.....
Tribunal: T.S.J., Sala Civil y Comercial
Autos: Bustamante, Cristina Celestina c/ Estela Luisa Laino
Revista Nro: 109
Nro Página: 154