Daño moral

Indemnización / Intereses: cómputo /

El reconocimiento del derecho indemnizatorio por daño moral tiene carácter declarativo y se retrotrae al momento de la producción del siniestro, causa fuente de la obligación de reparar. Por lo que los intereses por dicho rubro deben computarse desde esa fecha y no desde la resolución que los reconoce como procedentes...
Tribunal: T.S.J., Sala Laboral
Autos: Bertola, Irma c/ Sup. Gobierno

Revista Nro: 108
Nro Página: 307

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase