Convenio colectivo

Industria de la construcción / Chofer de empresa que vende materiales de construcción / Encuadramiento de la actividad /

Pretender incluir al actor en el C.C.T. 130/75 por su condición de chofer y porque esporádicamente hacía la tarea de mantenimiento del vehículo que conducía, resulta absurdo, máxime cuando ha quedado acreditado, con los propios dichos del actor en su demanda que trasladaba la mercadería que elaboraba y comercializaba la empresa hacia sus clientes.\n...
Tribunal: Cámara única del Trabajo, Sala 10ª
Autos: Palacios, Antonio Francisco c/ Construmix S.A.

Revista Nro: 107
Nro Página: 302

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase