Acuerdo conciliatorio

Transacción luego de la sentencia: procedencia /

Por aplicación de principios generales, una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada es inmutable o inmodificable. Sin embargo, esa inmodificabilidad no se refiere a lo que las partes puedan acordar modificando sus términos; la inmutabilidad consiste en que ninguna autoridad pueda alterar dichos términos. Lo que convengan las partes, en el ámbito de los derechos di...
Tribunal: Cámara C., C., Crim., Correc., del Trab. y Flia. de Deán Funes
Autos: Díaz, Eduardo Ignacio c/ Antena 2 de T.V. S.A.

Revista Nro: 107
Nro Página: 295

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