Terceros

Efectos de la sentencia / Interpretación de la norma del C.P.C.C. /

La norma del art. 435 C.P.C.C. es aplicable sólo en casos de participación obligada o coactiva de un tercero, no cuando ha sido citado a los fines de que tenga conocimiento de un juicio cuya resolución pueda afectarlo en el futuro. La condena al tercero no procede porque su intervención es una consecuencia de la denuncia de la litis, en la que no asume la calidad de par...
Tribunal: Cámara 5ª C. y C.
Autos: Oro, Norma Graciela y otros c/ Carreras, Miguel Ernesto y otro

Revista Nro: 107
Nro Página: 288

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