Juicio sucesorio

Acción de reducción y acción por indignidad / Diferencias /

Nada tiene que ver la acción de reducción por inoficiosidad de las donaciones (arts. 1830 a 1832 C.C.) con la acción por indignidad (art. 3291 y ss. C.C.), pues mientras la primera tiene por objeto la reducción de las donaciones efectuadas por el causante en violación a la porción legítima de los herederos forzosos, la segunda es un supuesto de excl...
Tribunal: Cámara del Noroeste del Chubut
Autos: Batiuk, María s/ Sucesión ab intestato

Revista Nro: 107
Nro Página: 280

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase