Cosa juzgada

Imposibilidad de volver a decidir sobre idéntico tema /

En principio la cosa juzgada es inmutable. La inmutabilidad de la sentencia se traduce en una prohibición al juez de volver a decidir el litigio ya decidido (non bis in idem).\nEl respeto de la cosa juzgada es uno de los pilares sobre los que se asienta nuestro régimen constitucional y por ello no es susceptible de alteración ni aun por vía de la invocación de le...
Tribunal: Cámara 8ª C. y C.
Autos: Brescia, José Hipólito c/Superior Gobierno de Córdoba

Revista Nro: 107
Nro Página: 285

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