Condominio

Obligación común de los propietarios /

Si la cosa es de propiedad de dos o más personas, lo que configura el derecho real de condominio, forzoso es concluir que los deterioros que se produzcan y que reconozcan como fuente generadora la misma cosa común, deben ser satisfechos por los propios condóminos....
Tribunal: Cámara 8ª C. y C.
Autos: Demonte de Jacobo, Laura Beatriz c/ Consorcio de Propietarios del Edificio Astral II

Revista Nro: 107
Nro Página: 275

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