Condominio
Obligación común de los propietarios /Si la cosa es de propiedad de dos o más personas, lo que configura el derecho real de condominio, forzoso es concluir que los deterioros que se produzcan y que reconozcan como fuente generadora la misma cosa común, deben ser satisfechos por los propios condóminos....
Tribunal: Cámara 8ª C. y C.
Autos: Demonte de Jacobo, Laura Beatriz c/ Consorcio de Propietarios del Edificio Astral II
Revista Nro: 107
Nro Página: 275