Falta de personería
No restitución del inmueble a su debido tiempo / Responsabilidad del fiador por alquileres devengados con posterioridad / Prolongación del plazo de la locación / Cese de la responsabilidad del fiador /La responsabilidad del fiador por los alquileres devengados con posterioridad al vencimiento del contrato, no queda excluida en virtud de lo dispuesto en el art. 1582 bis C.C., cuando ella derive de la no restitución a su debido tiempo del inmueble locado. Cuando el fiador se ha responsabilizado por el cumplimiento de todas las obligaciones contraídas en el contrato una de esas obligaciones es pre...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C
Autos: Rottaris de Cabanillas, Carmen c/ Barbisan, Hermeregildo Angel y otro
Revista Nro: 116
Nro Página: 250