Embargo

Inmueble no destinado a vivienda / Prioridad y publicidad registral / Efectos /

Fuera del supuesto de inmueble adquirido con destino a vivienda personal o familiar, respecto del cual existen fundamentos constitucionales para interpretar excepcionalmente de manera extensiva el art. 1185 bis C.C., no es posible prescindir de la preferencia que surge para el embargante de la prioridad registral sin violar de manera flagrante el orden jurídico, porque las disposiciones de ...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C
Autos: Diners Club Argentina S.A.C. y de T. c/ Casse Agustín Angel

Revista Nro: 116
Nro Página: 247

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