Estabilidad del empleado público

Art. 14 bis C.N. / Estabilidad propia / Reglamentación de derechos constitucionales / Convenios colectivos de trabajo. /

Corresponde condenar a la Administración Nacional de Aduanas a reincorporar en su cargo a un agente que fuera segregado de su empleo sin invocación de una causa justificada y razonable, ello en virtud de la estabilidad propia reconocida al empleado público por el art. 14 bis C.N..\nEs nulo e inconstitucional el art. 7...
Tribunal: C.S.J.N.
Autos: Madorrán, Marta Cristina c/ Administración Nacional de Aduanas s/ reincorporación

Revista Nro: 116
Nro Página: 123

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