Usufructo

Falta de prueba de la posesión invocada / Interversión del título: improcedencia /

Si el demandado no demostró prima facie la posesión que invoca, ni que se hubiera transformado la causa de la relación real sobre la cosa, es decir que lo que nació como una ocupación por parte de aquéllos se convirtiera en una posesión animus domini, el uso y goce que ejerce sobre el inmueble no debe ser calificado como una ?posesión con ánimo de dueño? sino como una simple ocupación que contiene...
Tribunal: Cámara C., C. y Cont. Adm. de San Francisco
Autos: Acosta de Millajer, Teresa Jesús c/ José Fernando Lescano

Revista Nro: 114
Nro Página: 255

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