Perención de la instancia

Cómputo del plazo / Resolución sin notificar: efectos /

El ordenamiento procesal de la provincia de Córdoba sienta en su art. 336 el principio de que la instancia termina con la notificación de la resolución y no con su dictado. Por lo que la jurisdicción de alzada se mantiene hasta la notificación de aquélla a las partes que intervienen en el litigio. La instancia de apelación continúa abierta para el cumplimiento de los actos procesales relativos a l...
Tribunal: Cámara 7ª C. y C
Autos: Loutayf, Hilda Cristina Antonia c/ Kemmerer, Rubén Agustín y otro

Revista Nro: 113
Nro Página: 204

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