Mediación

Honorarios del mediador / Acta de cierre / Título ejecutivo Excepción de falta de acción /

El art. 36 ley 8858 pone en evidencia que el documento (acta de cierre del proceso de mediación) que se ejecuta es título suficiente para el reclamo judicial en la hipótesis de que los honorarios no fueran abonados por el obligado al pago. El art. 34 de la misma ley señala cuándo deben abonarse los estipendios del mediador.\nLa diferencia en la designación...
Tribunal: Cámara 1ª C. y C
Autos: Ferrando, Ana María y otro c/ Caja de Seguros S.A. y otro

Revista Nro: 115
Nro Página: 305

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